Como ya se había anunciado, los venezolanos ya pueden abrir cuentas en dólares en el país, y a partir de ahora las personas naturales que realicen depósitos en territorio nacional el monto máximo es de hasta 2.000 dólares mensuales.
La reforma de la Ley contra Ilícitos Cambiarios señala que las personas naturales puedan depositar dólares -por transferencia- sin límite alguno siempre y cuando sea mediante una cuenta de la banca pública”, sin tener que declararlos ante el Banco Central de Venezuela. El texto publicado precisa que la banca verificará el origen de los fondos.
El decreto 636 de la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6117, reformó la Ley contra Ilícitos Cambiarios que ahora abre la posibilidad para que las personas que quieran importar un carro puedan hacerlo pagando a través de las cuentas en divisas en la banca pública. “Al igual que cuando se abre una cuenta en un banco privado o público, existen unos procedimientos internos para verificar que los recursos sean lícitos. Es importante destacar que la fuente de ingresos debe estar justificada. Se pueden depositar hasta 2.000 dólares mensuales, sin embargo, no hay monto mínimo para abrir la cuenta, sin embargo, el banco puede solicitar requisitos específicos”, indico Torres.
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