Las pensiones son ayudas económicas que otorga el Instituto Venezolano de los Seguro Sociales (Ivss). Entre los tipos de pensionados se encuentra el pensionado por vejez, la cual tiene derecho toda persona a partir de 60 años (si es hombre) y de 55 (si es mujer).
En mayo del 2010 él para el entonces presidente Hugo Chávez, realizó el decreto presidencial N°7.401 donde se estipuló que todo asegurado/a a partir de los 6ª años de edad (hombre) y de 55 años (mujer) tenían garantizadas las pensiones por Vejez, las cuales serían otorgadas por Ivss. Toda persona que cumpla los requisitos de edad y un mínimo de 750 cotizaciones establecidos en el decreto, podrá recibir su Pensión por Vejez.
Una vez obtenida pensión por vejez, está comenzara a pagarse desde la fecha en que se cause el derecho, siempre que la solicitud se haga dentro del año siguiente a esa fecha. De hacerse la solicitud posteriormente, la pensión comenzará a pagarse de la fecha de la solicitud, tal como lo estipula el articulo 46 (LSSO).
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