Uno de los tipos de contratos laborales es el de tiempo indeterminado. En cuanto contratos laborales se refiere es el de mayor preferencia para el legislador.
El contrato por tiempo indeterminado es la figura contractual preferida por el legislador en el ámbito laboral. Ésta figura legal no posee una fecha de culminación establecida. Asimismo, todos aquellos contratos en los cuales no se establezca la duración o vigencia del mismo se consideran legalmente como contratos a tiempo indeterminado.
El artículo 61 de la LOTTT establece que el contrato por tiempo indeterminado es aquel en el cual no está expresada la voluntad del patrono y el trabajador de culminar la relación laboral en un momento determinado. Por lo tanto la Ley presume que las relaciones laborales son a tiempo indeterminado salvo algunas excepciones como en los contratos por tiempo determinado y por obra determinada.
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