El alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos fue condenado a 12 meses de prisión con cese de sus funciones como alcalde, tras el desacato al Tribunal Supremo de Justicia de “evitar las barr9icadas” en la entidad.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró en desacato al ciudadano Daniel Ceballos respecto al amparo constitucional cautelar dictado por esa instancia mediante sentencia N° 135 del pasado 12 de marzo (Caso: alcaldes Blyde y Smolansky), con efectos extensivos al referido ciudadano como alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira, en virtud del fallo 137 del 17 de marzo de 2014 (solo 3 días antes de su detención).
Como consecuencia, la misma Sala Constitucional sancionó a Daniel Ceballos a cumplir 12 meses de prisión, más las accesorias de Ley, por el referido desacato, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. "En consecuencia cesa en el ejercicio del cargo de alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira", precisó la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado al dar lectura del dispositivo de la sentencia.
L fiscalía presentó 8 testigos para demostrar la responsabilidad del alcalde del municipio San Cristóbal, estado Táchira, Daniel Ceballos, en el Tribunal Supremo de Justicia, con motivo de las acusaciones en su contra.
La abogada del alcalde Ceballos, Ana Leonor Acosta manifestó que al no tratarse de un tribunal penal, desconocen el procedimiento, por lo que advirtió que con esa decisión " se violaron todos los derechos y el debido proceso". Condenó que la presentación fuese ante el TSJ, porque "no hay otra instancia" ante la cual apelar la decisión.
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