Fue emitida una resolución por parte de los ministerios para la Agricultura y Tierras y el de Economía, Finanzas y Banca pública, en la que se establece los nuevos porcentajes, que deberán cumplir las instituciones financieras en la cartera de crédito obligatoria del sector agrícola en 2014.
Los porcentajes a destinar serán diferentes en función del mes, lo que significa que el valor por periodo quedara de la siguiente manera: febrero 22 %, marzo y abril 23 %, mayo y junio 24 %, julio y agosto 25 %, septiembre y octubre 24 %, noviembre 23 % y diciembre 22 %.
Para el mes de febrero se registra un aumento de un punto con respecto a 2013, puesto que antes estaba establecido en 21 %.
Establecen nuevos porcentajes para la cartera de créditos agraria obligatoria.
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