Los bancos deben colocar en un lugar visible tasa del Sicad 2, y abrir cuentas en divisas solo cuando se requieran.
Los bancos, las casas de bolsa y la Bolsa Pública, deberán anunciar públicamente en sus oficinas el resultado del último tipo de cambio referencial de las operaciones trasadas por el BCV dentro del Sicad 2
La información ratifica, a los bancos universales, comerciales y microfinancieros, al igual que a las casas de bolsa y a la Bolsa Pública a realizar operaciones de corretaje en el llamado Sicad 2.
Asimismo, todos estos, también deberán informar sobre el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión de las operaciones de compra y venta realizadas mediante este mecanismo.
Resolución obliga a los bancos a divulgar tasa de cambio del Sicad 2
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