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Ahora podrás imprimir el comprobante del RIF en el portal del Seniat

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Los contribuyentes del país podrán a partir de hoy tramitar el Registro de Información Fiscal, RIF, desde el portal web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) www.seniat.gov.ve.

www.seniat.gov.ve
www.seniat.gov.ve
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) emitirá comprobantes del Registro Único de Información Fiscal (RIF), así como la declaración sucesoral de manera electrónica, a través de su página web www.seniat.gov.ve. Con la finalidad de minimizar la congestión generada en las sedes del organismo, y facilitarle a la ciudadanía los mecanismos necesarios para la renovación y actualización de la cédula fiscal o RIF y  emisión (en el caso de las sucesiones). (El Universal)

En la providencia publicada en la Gaceta Oficial 40.214 se establece que las personas naturales, jurídicas y las entidades que sean objeto pasivos de tributos administrados por el Seniat o que deban hacer trámites ante la administración pública deberán inscribirse en el Registro Único de información Fiscal (RIF) según lo reseñó el diario El Nacional.

Los pasos para la inscripción del RIF son sencillos. El contribuyente sólo debe ingresar a la página Web del SENIAT www.seniat.gov.ve y en el menú “Sistemas en Línea” hacer clic en la opción “Inscripción de RIF”, de allí en adelante el sistema lo guiará para el llenado de los datos.

Luego de validar la inscripción, el contribuyente dispondrá de 30 días continuos para entregar los recaudos respectivos y formalizar el trámite ante la Unidad, Sector, Gerencia Regional de Tributos Internos que de acuerdo a su domicilio fiscal le corresponda. (elsiglo.com.ve).

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